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Continúan conversaciones de la Comisión Nacional de Salario Mínimo

El salario mínimo se revisa y se fija por lo menos cada dos años, tal como lo establece el artículo 174 del Código de Trabajo

La segunda reunión ordinaria de la Comisión Nacional de Salario Mínimo se llevó a cabo el martes 5 de septiembre con el objetivo de lograr un acuerdo que determine la nueva tasa salarial que empezará a regir a partir del 1 enero de 2024.

El Viceministro de Trabajo, Fernando Antonio Castillero Espino quien presidió la segunda reunión señaló que en esta sesión los comisionados discutieron sobre el reglamento interno y plantearon el cronograma para el período de consultas que se llevará en las provincias, incluyendo las ponencias técnicas para ilustrar sobre aspectos económicos, canasta básica, desempleo e informalidad y mercado laboral, entre otros temas.

Deff Blaisdell, Director de Planificación del Mitradel dijo que le corresponderá a los sectores trabajador y empleador, analizar cada una de las aristas o indicadores socioecómicos para la toma de decisiones en cuanto a las nuevas tasas de salario mínimo, aún no se ha propuesto ninguna cifra o monto a considerar, puesto que la comisión se encuentra en la etapa inicial de escuchar las propuestas.

Juan Antonio Ledezma, Presidente de la Comisión Laboral del Consejo Nacional de la Empresa Privada (CONEP) mencionó que en esta segunda reunión se conversó en consenso sobre algunas modificaciones del reglamento interno de la comisión, sobre las presentaciones técnicas que son de importancia, el sector empleador respeta, las aspiraciones, las propuestas y decisiones del sector de los trabajadores y las decisiones se tomaran de acuerdo a las realidades y con la responsabilidad que corresponde.

Marlena de León, representante de Conusi y Nelva Reyes en representación de Conato coincidieron en su declaración, que es necesario el aumento de salario al sector trabajador cónsono y justo tomando como referencia la situación económica que se presenta en en el país.

El salario mínimo se revisa y se fija por lo menos cada dos años, tal como lo establece el artículo 174 del Código de Trabajo. El Decreto Ejecutivo de Salario Mínimo contempla 53 tasas de salario mínimo, 73 actividades económicas, el país tiene 81 distritos y se consideran dos (2) Regiones: Región 1 conformada por 40 distritos y en la Región 2 el resto de los distritos.

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